Servicio especializado en
Responsabilidad de administradores, directivos y empresarios
daños ocasionados en el ejercicio de su cargo
Responsabilidad del Administrador de una Sociedad
¿Sabias que el administrador de una Sociedad cumpliéndose una serie de requisitos, puede responder con su propio patrimonio, del pago de las deudas sociales?
Los acreedores de una Sociedad que hayan sufrido un daño y visto perjudicado su derecho al cobro de sus créditos como consecuencia de la realización de actos u omisiones imputables al Administrador que por razón de su cargo, que sean contrarios a la ley, a los estatutos de la Sociedad o no se ajustan a la diligencia que sería exigible a un ordenado empresario, pueden reclamar directamente contra él con el fin de que con cargo a su patrimonio, se les indemnice el perjuicio ocasionado.
Para exigir esa responsabilidad disponen, cumpliéndose los requisitos para ello, tanto de la denominada acción de responsabilidad individual como de la acción de responsabilidad solidaria por deudas sociales.